Las Ayudas extraordinarias a que se refiere la presente convocatoria, en lo no previsto en la misma, se regirá por lo dispuesto en la la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Gijón/Xixón (B.O.P.A nº 21, de 27 de enero de 2006), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E nº 276, de 18 de noviembre de 2003), el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley (B.O.E. nº 176, de 25 de julio de 2006) y demás normativa concordante y de pertinente aplicación.
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas, podrán ser impugnados por los interesados/as mediante en los casos y de la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.